miércoles, 31 de julio de 2013

Eximen del pago de Impuesto a la 1° cuota del Aguinaldo


Según el decreto 1006/2013 se exime del pago del impuesto a las ganancias a la primera cuota del Aguinaldo 2013
Tal cual se establece en el decreto, con las remuneraciones devengadas en el mes de Julio de año 2013,las empresas deberan devolver todo el impuesto a las ganancias que hubiera retenido en  exceso.
Asi,  la deduccion especial establecida en el Art.23 Inc C de la ley de impuesto a las ganancias debe ser incrementada en un monto equivalente  al importe neto de la primera cuota del SAC.
 
Este beneficio tendrá efecto exclusivamente para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre enero y Junio de 2013, no supere la suma de $25.000.

 

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