domingo, 26 de febrero de 2023

CONSIDERACIONES SOBRE LA DEDUCCION DE GASTOS EDUCATIVOS

A partir de la promulgación de la ley de presupuesto (Ley 27701/22) quedo habilitada la posibilidad de deducir  gastos vinculados con la educación de los chicos . Según detalle que trascribo:

1)"Son los servicios prestados por establecimientos educacionales públicos y/o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial y reconocidos como tales por las respectivas jurisdicciones, referidos a la enseñanza en todos los niveles y grados contemplados en dichos planes, y de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por dichos establecimientos con medios propios o ajenos"

2)"Las clases dadas a título particular sobre materias incluidas en los referidos planes de enseñanza oficial y cuyo desarrollo responda a estos, impartidas fuera de los establecimientos educacionales aludidos en el párrafo anterior y con independencia de estos, y las guarderías y jardines materno infantiles"

3)"Son los útiles escolares, los guardapolvos y los uniformes"


Límites de la deducción

  • La deducción será computada por el progenitor (sea de origen o no) que posea la responsabilidad parental, en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación y conforme a las pautas que surgen del último párrafo del inciso b) del artículo 30 de la ley del impuesto. 

 

  • Que en el caso de que esta sea ejercida por 2 progenitores y ambos tengan ganancia imponible, la deducción se efectuará en partes iguales o uno de ellos podrá computar el 100% de ese importe, conforme con el procedimiento que se establezca a tal efecto.

  • Que en el caso antes indicado, el importe total a deducir por los progenitores (sean de origen o no) no podrá exceder el límite del 40 % del mínimo no imponible(*)



(*) Para el año 2023 el mínimo no imponible es de  $451.683,19 por lo tanto al final solo será deducible $180.673,27 significando un ahorro de $54.201 anual o  $4500 mensual si sos empleado en relación de dependencia  e informas la deducción vía SIRADIG, siento este es un cálculo aproximado.



Se ha generado mucha expectativa con respecto a la nueva deducción
 pero el ahorro es insignificante.