lunes, 1 de septiembre de 2014

Estatutos, Convenios y Escalas. Empleados de comercio, CCT 130/1975. Asignación no remunerativa de $ 1.200 en julio de 2014. Dictamen del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Pago completo

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social convocó a las partes a fin de solucionar el desacuerdo derivado de la diferencia de interpretación en la forma de pago de la asignación por única vez, con carácter extraordinario y no remunerativo de $ 2.400 en dos cuotas iguales de $ 1.200 en los meses de julio y noviembre de 2014, respectivamente, respecto de los trabajadores de jornada a tiempo parcial.
En tal sentido, la cartera laboral entiende "que el otorgamiento de tal beneficio no ha sido condicionado en ningún sentido, ni ha quedado sujeto al horario de la jornada laboral que los empleados pudieran desarrollar" por lo que "puede inferirse que la asignación de carácter no remunerativo pactada libremente entre los sectores involucrados, a pagar en dos cuotas, resulta clara y suficiente, no quedando la misma sujeta a ninguna otra condición a los fines de su percepción".


Fuente: ERREPAR

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