Se establece que serán considerados contribuyentes de alto riesgo fiscal -según lo dispuesto por la R. (AGIP Bs. As. cdad.) 924/2012- las personas físicas o jurídicas que incumplan en tiempo y forma con la obligación de suministrar la información que requiera la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Al respecto, se faculta a la citada Dirección a dictar las normas complementarias que resulten necesarias.
Es importante tener todas las declaraciones juradas presentadas en tiempo y forma, considerando que un perfil de alto riesgo lleva consigo un incremento de alícuotas aplicables por los agente de percepción y retención.
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