jueves, 2 de enero de 2014

Conceptos basicos sobre impuestos


Cuando Iniciamos una actividad independiente, debemos tener presente la existencia de obligaciones  con el fisco nacional y provincial.  Este punto puede ser decisivo para el éxito del negocio, siento imprescindible ser asesorado por un profesional matriculado.


Algunas cosas que debería tener en cuenta una persona fisica que inicia una actividad económica al momento de inscribirse:


Responsable inscripto o Monotributisto ?


Para empezar diré que un  monotributistas tiene un tope de facturación que esta detallado en las escalas del régimen. En la actualidad es de $400.000 y $600.000 para locación y prestación de servicio y venta de cosas muebles respectivamente.

Por lo tanto  será determinante la facturación  del negocio. Lo cierto es que, un Monotributistas, tiene un menor costo fiscal y administrativo que un RI

Un monotributista no presenta declaraciones juradas mensuales, solo paga una mensualidad y eventualmente presentara una declaración cuatrimestral o se recategorizara en caso de incrementar su facturación, consumos eléctrico o alquiler.

Es importante destacar que la cuota  incluye  un componente impositivo, provisional y de obra social. De esta forma por medio de un pago se cubren los tres conceptos.

Los responsables inscriptos deberán considerar las siguientes obligaciones:

  • Presentan declaración jurada de IVA mensual, además de  mantener una contabilidad mas detallada.
  • Presentar la declaración jurada anual del impuesto a las ganancias
  • Deberás inscribirte en “Autónomos” para cubrir la obligación del pago jubilatorio.

Como dije, la facturación y gastos del negocio, determinaran que régimen deberás adoptar, lo importante es asesorarse bien para tomar una decisión adecuada.


Los empleados

La  cantidad de empleados es determinante  en la decisión del régimen en el cual te inscribirás considerando que los gastos fijos le exigen al negocio cierta facturación.


Como empleador tendrás la obligación de elaborar y entregar al empleado los recibos de sueldo,  mantener los legajos y llevar el libro ley. Además deberá pagar los aportes y contribuciones mediante el formulario 931. No debemos olvidar de la presentación y pago de los aportes y contribuciones al sindicato.

Todos los impuestos detallados hasta aquí , excepto los sindicales, son recaudados por AFIP.




Ingresos brutos

 Ingresos brutos es  un impuesto provincial. Personas físicas Autónomas  y empresas están alcanzados por el tributo y cada actividad tiene su alícuota, debes tener en cuenta si tu actividad esta exenta en la jurisdicción. 

Un contribuyente  tributara el impuesto en  el lugar donde desarrolla su actividad. Sin embargo existen casos especiales donde una actividad puede involucrar varias jurisdicciones. Por ejemplo, fabrico en Provincia de Buenos Aires y entrego mi mercadería es Capital Federal. En este caso las dos provincias tienen la facultad de percibir el tributo. Para evitar una doble imposición (que ambas cobren sobre la misma facturación), se decido utilizar un método para  distribuir la base imposible teniendo en cuenta los ingresos y gastos sufridos en cada una de las jurisdicciones. Así nació el CONVENIO MULTILATERAL
Por lo tanto serás convenio si tu actividad involucra mas de una provincia, caso contrario serás un contribuyente de ingresos brutos local, según la provincia donde desarrolles tu actividad.


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