jueves, 19 de febrero de 2026

馃搶 Resoluci贸n General 5824/2026: Cambios clave en la emisi贸n de comprobantes


 La Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones relevantes a la Resoluci贸n General N° 1.415, con el objetivo de simplificar tr谩mites fiscales y optimizar la informaci贸n disponible para contribuyentes.



馃攽 Puntos principales de la resoluci贸n

  • Comprobantes de liquidaci贸n electr贸nica mensual Se incorpora la posibilidad de emitir un 煤nico comprobante electr贸nico por mes para determinadas entidades (financieras, aseguradoras, emisoras de tarjetas, instituciones educativas privadas y prepagas).

  • Identificaci贸n de consumidores finales En operaciones iguales o superiores a $10.000.000, ser谩 obligatorio consignar DNI, CUIL o CDI. Adem谩s, si el consumidor requiere que el gasto figure para deducciones en Ganancias, deber谩 identificarse con CUIT.

  • Puntos de venta vinculados a actividades econ贸micas Se establece la obligaci贸n de informar y mantener actualizados los domicilios y c贸digos de los puntos de emisi贸n de comprobantes. Estos podr谩n asociarse a actividades econ贸micas espec铆ficas en el “Sistema Registral”.

  • Excepciones ajustadas Se redefinen las entidades exceptuadas de emitir comprobantes, eliminando algunas categor铆as y precisando otras (ej. instituciones educativas privadas ya no quedan exceptuadas).

  • Instituciones educativas privadas Los comprobantes deber谩n detallar claramente los rubros de la cuota: ense帽anza program谩tica, extraprogram谩tica y otros servicios (comedor, transporte, internados).

馃搮 Vigencia

  • La resoluci贸n entra en vigor desde su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial (13/02/2026).

  • Las nuevas obligaciones de emisi贸n de comprobantes aplican a operaciones realizadas a partir del 1 de julio de 2026.

✨ En s铆ntesis

La RG 5824/2026 busca reducir la carga administrativa, mejorar el control fiscal y dar mayor transparencia en la facturaci贸n, especialmente en sectores como educaci贸n privada, medicina prepaga y servicios financieros.

viernes, 30 de enero de 2026

Nuevos par谩metros y plazos para actuar como agentes de recaudaci贸n de Ingresos Brutos en Buenos Aires

 La Agencia de Recaudaci贸n de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) public贸 la Resoluci贸n Normativa 7/2026, que introduce cambios relevantes en los requisitos y plazos para quienes deben actuar como agentes de recaudaci贸n del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Principales modificaciones

  • Actualizaci贸n de montos de facturaci贸n

    • Empresas en general: ingresos superiores a $7.800 millones.

    • Expendedores de combustibles l铆quidos: ingresos superiores a $11.700 millones.

    • Mayoristas en rubros espec铆ficos (alimenticios, ferreter铆a, construcci贸n, etc.): ingresos superiores a $3.900 millones.

    • Actividades vinculadas a la carne (matarifes, consignatarios, intermediarios): obligados por su actividad, siempre que cumplan con los ingresos m铆nimos.

  • Plazo de inscripci贸n Se extiende hasta el 煤ltimo d铆a h谩bil de febrero, manteniendo el inicio de la obligaci贸n desde el 1潞 de marzo.

  • Exclusi贸n autom谩tica Quienes no alcancen los nuevos montos quedar谩n excluidos de la obligaci贸n de actuar como agentes hasta febrero de 2028, sin importar variaciones posteriores en sus ingresos.

  • Obligaciones hasta el cese formal Los agentes que dejen de cumplir los requisitos deber谩n seguir reteniendo y/o percibiendo hasta que se efectivice el cese seg煤n el procedimiento previsto por ARBA. Adem谩s, se advierte que cualquier incumplimiento puede derivar en sumarios por defraudaci贸n fiscal e incluso denuncias penales.

Impacto para las empresas

Esta resoluci贸n busca ajustar los par谩metros a la realidad econ贸mica actual, elevando los umbrales de facturaci贸n y otorgando un plazo m谩s amplio para la inscripci贸n. Para las empresas, implica revisar con detalle sus ingresos del a帽o anterior y verificar si deben inscribirse como agentes de recaudaci贸n. Tambi茅n brinda previsibilidad, ya que quienes no alcancen los montos quedan autom谩ticamente liberados de la obligaci贸n hasta 2028.

馃搶 Conclusi贸n: La Resoluci贸n Normativa 7/2026 representa un cambio importante en la administraci贸n del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en Buenos Aires. Es clave que las empresas y profesionales contables revisen estos nuevos par谩metros para evitar sanciones y cumplir en tiempo y forma con las obligaciones fiscales.

domingo, 11 de enero de 2026

La nueva Ley de Inocencia Fiscal: un cambio de paradigma en materia tributaria

 La reciente sanci贸n de la Ley de Inocencia Fiscal (Ley 27799) marca un antes y un despu茅s en el sistema tributario argentino. Con modificaciones sustanciales al R茅gimen Penal Tributario, la Ley de Procedimiento Fiscal y la implementaci贸n de un r茅gimen simplificado de Ganancias, la norma busca modernizar la fiscalizaci贸n y otorgar mayor seguridad jur铆dica a los contribuyentes cumplidores.

    

馃攽 Principales cambios en el R茅gimen Penal Tributario

  • Actualizaci贸n de umbrales penales Los montos m铆nimos para configurar delitos tributarios se multiplican de manera significativa.

    • Evasi贸n simple: pasa de $1,5 millones a $100 millones.

    • Evasi贸n Agravada: se elevan hasta $1.000 millones.

  • Extinci贸n de la acci贸n penal

    • No habr谩 denuncia si la contribuyente cancela deuda e intereses antes de la denuncia.

    • Si la acci贸n penal ya se inici贸, puede extinguirse pagando la deuda m谩s un 50% adicional dentro de los 30 d铆as h谩biles de la imputaci贸n.

  • Flexibilizaci贸n en discrepancias t茅cnicas El organismo recaudador no formular谩 denuncia penal cuando las diferencias surjan de criterios interpretativos o t茅cnico-contables debidamente justificados.

⚖️ Reformas al Procedimiento Fiscal

  • Multas y sanciones Se incrementan los valores de las sanciones por incumplimientos formales, adapt谩ndolos a la realidad econ贸mica actual.

  • Prescripci贸n m谩s corta para cumplidores El plazo de prescripci贸n se reduce de 5 a 3 a帽os para contribuyentes inscriptos que presenten sus declaraciones en t茅rmino y sin discrepancias significativas.

  • Definici贸n de discrepancia significativa Se considera tal cuando la diferencia supera el 15% de lo declarado, o cuando el ajuste excede los nuevos umbrales penales.

馃挕 R茅gimen simplificado de Ganancias

La ley crea un r茅gimen especial para personas humanas y sucesiones indivisas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonio de hasta $10.000 millones.

  • Efecto liberatorio del pago El pago de la declaraci贸n jurada propuesta por la Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero (ARCA) libera al contribuyente de obligaciones formales y materiales, salvo fraude o uso de documentaci贸n ap贸crifa.

  • Presunci贸n de exactitud Las declaraciones se presumen correctas, liberando al contribuyente de acciones civiles y penales, salvo discrepancias relevantes.

Es importante destacar el Art40:

Art铆culo 40.- Presunci贸n de exactitud. Se presumir谩, sin admitir prueba en contrario, la exactitud de las declaraciones juradas presentadas del impuesto a las ganancias y del impuesto al valor agregado correspondientes a los per铆odos no prescriptos, excepto que la Agencia de Recaudaci贸n y Control Aduanero impugne, por los motivos indicados en el art铆culo anterior, la declaraci贸n jurada simplificada correspondiente al 煤ltimo per铆odo fiscal declarado y detecte una discrepancia significativa entre la informaci贸n declarada y la informaci贸n disponible en sus sistemas o proporcionada por terceros. Esta presunci贸n de exactitud se extender谩 a los per铆odos no prescriptos en los que el contribuyente no hubiera estado obligado a presentar dichas declaraciones juradas.

LA PRESUNCION DE EXACTITUD INCLUYE LOS PERIODOS ANTERIORES NO PRESCIPTOS

馃搱 Ajuste autom谩tico de montos

A partir de 2027, los valores previstos en la ley se actualizar谩n anualmente seg煤n la variaci贸n de la Unidad de Valor Adquisitivo (UVA), garantizando que los umbrales se mantengan vigentes frente a la inflaci贸n.