viernes, 27 de marzo de 2015

RG 3749 - A PARTIR DE JULIO TODOS LOS RESPONSABLES INSCRIPTOS DEBERAN FACTURAR ELECTRONICAMENTE

A partir de Julio de 2015,  la RG3749 obligada a  emitir facturas electrónica a todos los responsables inscriptos, sin importar la actividad que desarrolle siempre que las mismas no se encuentren alcanzadas por el regimen de controladores fiscales.  Como excepción, no están obligados , quienes realicen   operaciones de compraventa de cosas muebles o prestaciones de servicios, en ambas situaciones, no realizadas en el local, oficina o establecimiento, cuando la facturación se efectúa en el momento de la entrega de los bienes o prestación del servicio objeto de la transacción, en el domicilio del cliente o en un domicilio distinto al del emisor del comprobante.

En el Art.6 la norma contempla la posibilidad de solicitar la exclusión de la obligación, informando via web los motivos, estableciendo el plazo que va desde el 01/04/2015 al 31/05/2015.
Algo que me parece importante y ayudara a la comprensión del régimen es la eliminación de la clasificación de la modalidad de facturación (RCEL –RECE) la cual vienen desde inicio del régimen y la cual ha quedado obsoleta. Así las alternativas son :  Aplicativo RECE – web service o factura en línea

Art. 9° — Déjase sin efecto, a partir del día 1 de julio de 2015, el “Régimen de Emisión de Comprobantes Electrónicos en Línea” (“R.C.E.L.”) —previsto en el inciso b) del Artículo 1° de la Resolución General N° 2.485, sus modificatorias y complementarias— respecto de los sujetos alcanzados por el presente título

No hay comentarios:

Publicar un comentario