lunes, 16 de septiembre de 2013

Luego de la RG 3529 -Recaterizaciones masivas y reingreso al Monotributo


Nueva información al respecto de  los cambios en el régimen simplificado.

Ya está habilitado el servicio Web para procesar las re categorizaciones con las modificaciones que surgen de la norma. El trámite de re categorización es cuatrimestral y excepcionalmente se permitirá cumplirlo hasta el 30 de Septiembre dado los cambios dispuestos por la resolución 3529.

En el mes de la re categorización, muchos serán  los contribuyentes que  modificaran su categoría hacia abajo, incluso aquellos excluidos del régimen, hoy responsables inscriptos,   podrían  solicitar  al fisco la vuelta al régimen.

El Art. 19 de la ley establece un periodo de tres años desde el renunciamiento como plazo para solicitar la vuelta. Sin embargo y, dada la magnitud de las modificaciones, no exigirán el cumplimiento de ese plazo .  

Cabe aclarar que el  “reingreso” no será automático. Deberá solicitarse vía web al organismo para su posterior análisis, evaluando conducta fiscal y considerando si la renuncia fue voluntaria o de oficio.
La información  aquí  expuesta surge del pronunciamiento de AFIP aunque no existen  RG al respecto

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