Según el decreto 1006/2013 se
exime del pago del impuesto a las ganancias a la primera cuota del Aguinaldo
2013
Tal cual se establece en el
decreto, con las remuneraciones devengadas en el mes de Julio de año
2013,las empresas deberan devolver todo el impuesto a las ganancias que hubiera
retenido en exceso.
Asi, la deduccion especial establecida en el
Art.23 Inc C de la ley de impuesto a las ganancias debe ser incrementada en un
monto equivalente al importe neto de la
primera cuota del SAC.
Este beneficio tendrá efecto exclusivamente
para los sujetos cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre enero y
Junio de 2013, no supere la suma de $25.000.
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