Como indique en una entrada anterior, el acuerdo de comercio contempla un aporte extraordinario de $50 que solo correspondía ser descontado a empleados afiliados a OSECAC, por lo menos así fue interpretado por la cámara de comercio.
Frente mi consultar telefónica
al sindicato de comercio sobre el
aporte extraordinario de $50 ellos
entienden que, sin importar la obra social elegida por el empleado, corresponde
el descuento.
En el caso de un empleado afiliado a OSECAC el aporte se
ingresara con la liquidación del 931, para aquellos empleados que hayan optado
por otra obras social el aporte debe ser ingresado utilizando el formulario F
120/ A
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