Segun Errepar:
Se aprueba la transacción denominada "Reimputación de pagos Contribuyente" dentro del sistema de "Cuentas Tributarias". A través de dicha transacción, el responsable podrá reimputar pagos bancarios que hayan ingresado al sistema, siempre que no se encuentren observados, que correspondan al mismo contribuyente y que la obligación a la que fuera imputado el pago originalmente no quede adeudada. Destacamos que esta transacción "Reimputación de pagos Contribuyente" resulta de utilización obligatoria a partir del 25/4/2013 para todos los sujetos incorporados al sistema de "Cuentas Tributarias". El resto de los contribuyentes podrá utilizarla de forma opcional y voluntaria. |
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