miércoles, 27 de enero de 2016

ARBA-SE DUPLICA EL MONTO DE FACTURACION BRUTA ANUAL QUE CONVIERTE A UN CONTRIBUYENTE EN AGENTE DE RECAUDACION



La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires duplicó los montos de ingresos brutos que determinan para ciertos contribuyentes la obligatoriedad de ejercer como agentes de recaudación del fisco. La medida abarca al 30% de los agentes de recaudación y alcanza a pequeñas y medianas empresas que se beneficiarán así con una sensible reducción de costos en su estructura administrativa.


El titular de Arba, Gastón Fossati, explicó que "los parámetros no se actualizaban desde hace 6 años y eso generó distorsiones que afectaron a pequeñas y medianas empresas de la Provincia, que al actuar como agentes de recaudación debían hacer frente a nuevas exigencias operativas que aumentaba sus costos".

De acuerdo a las pautas que regían desde 2010, el fisco provincial establecía que se encontraban obligadas a actuar como agentes de percepción y retención las empresas que hubieran obtenido durante el año calendario anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) superiores a $10 millones. En el caso de los expendedores de combustibles líquidos, derivados del petróleo, el monto era de $12 millones; y para quienes realizaban operaciones de venta de cosas muebles el mínimo se fijaba en $5 millones.

A partir de ahora, con el incremento de los límites resuelto por el equipo que conduce Fossati, en el primero de los casos Arba estableció un monto de $20 millones. En tanto, para los expendedores de combustible lo subió a $30 millones y para la venta de cosas muebles fue situado en $10 millones.

Fossati sostuvo que "era indispensable elevar la base que se toma en cuenta para determinar qué contribuyentes deben ser agentes de percepción y retención", e hizo hincapié en que "escuchamos la necesidad de las empresas y buscamos brindarles un alivio lógico, que ayudará a reducir sus costos operativos".

Las empresas que actúan ante la Provincia como agentes de recaudación de impuestos tienen la obligación de retener o percibir dinero de los contribuyentes como pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. En los últimos años, la falta de actualización de los montos que determinan esa responsabilidad había generado que muchas pymes se incorporaran al sistema, ocasionándoles costos adicionales e inconvenientes por la falta de estructura administrativa para cumplir la exigencia fiscal.


FUENTE: ARBA

lunes, 25 de enero de 2016

SE BUSCA AGILIZAR LA SOLICITUD DE DEVOLUCION DE PERCEPCIONES POR COMPRA AL EXTERIOR O ADQUISICIÓN DE MONEDA EXTRANJERA PARA ATESORAMIENTO


Con el fin de agilizar el tramite de solicitud de reintegro de percepciones por compra al exterior o adquisición  de dolares para atesoramiento, AFIP ha informado que no requería la registración de los datos biometricos a quienes, no siendo contribuyentes de ganancias o bienes personales, deban solicitar la devolución mediante el servicio " Mis aplicaciones WEb" "Devolución de Percepciones – F.746/A".




El caso de un individuo no contribuyente en ganancias o bienes personales, empleado en relación de dependencia que, oportunamente solicito la clave fiscal  e ingresa con  CDI, debería   visitar una agencia de AFIP para tramitar su CUIT, siendo un requisito ineludible para la carga de la solicitud.
Finalmente se ha perdido la oportunidad de agilizar el trámite para devolver dinero que ha sido retenido injustificadamente.

Estaremos atentos a nuevas aclaraciones y novedades para poder desarrollar el tema.