martes, 11 de agosto de 2015

NOVEDAD IMPORTANTE CITI VENTAS COMPRAS- RESPONSABLES INSCRIPTOS

En una reunión técnica entre el consejo profesional de ciencias económicas y AFIP el dia 07 de Agosto, se  consulto al respecto de la obligacion de la presentación del CITI COMPRAS CITI VENTAS de aquellos contribuyentes que posterguen la obligación de emitir sus comprobantes electronicamente según lo permite la RG 3793. Al respecto,el fisco  preciso que, independientemente del momento de la implementacion, los responsables inscriptos obligados por la RG 3749 deberán presentar dicha información.

La única forma de llegar a la conclusión del fisco fue  por medio de esta aclaración, teniendo en cuenta que, la resolución que obliga a presentar la información de las compras y venta solo alcanzaba a quienes emiten sus comprobantes electronicamente, incriptos a partir de enero de 2014 o casos especiales,  segun surge de la norma vigente.  Creo que el medio que debe utilizar el fisco para informar las obligaciones a los contribuyentes son las resoluciones.
A continuación  transcribo Art2 RG 3685:



 Art 2: Están alcanzados los contribuyentes que emitan comprobantes que:

1) Utilicen el método de "factura electrónica" para la emisión de comprobantes, recordemos que la RG madre es la  2485;
2) Los responsables inscritos en el impuesto  valor agregado inscriptos  a partir del dia 01/01/2014, en adelante.
3)Sujetos que integren la nomina publicada por AFIP es su micro sitio
4)Aquellos responsables inscritos que , a la fecha  de entrada en vigencia de la presente resolución se encuentren  alcanzados  la RG 1361


lunes, 10 de agosto de 2015

RG3793 - PRORROGA PARA LA IMPLEMENTACION DE FC ELECTRONICA PARA LOS RESPONSABLES INSCRIPTOS

Según resolución RG3749, todos los responsables inscriptos debían facturar bajo el régimen de factura electrónica. Según la norma,  se consigno como fecha de limite de incorporación el 31/07/2015.

A raíz de dificultades de muchos contribuyentes, AFIP,  anuncio en su pagina, la posibilidad de otorgar un plazo extraordinario para su incorporacion , extendiendo a octubre la fecha limite para el cumplimiento. Es importante destacar que, la novedad, nunca fue sustentada a través de una resolución general

Finalmente, el día de la fecha, se publico en el boletin oficial , la resolución  3793 la cual anuncia que "la obligación de emisión de comprobantes electrónicos se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016".