La única forma de llegar a la conclusión del fisco fue por medio de esta aclaración, teniendo en cuenta que, la resolución que obliga a presentar la información de las compras y venta solo alcanzaba a quienes emiten sus comprobantes electronicamente, incriptos a partir de enero de 2014 o casos especiales, segun surge de la norma vigente. Creo que el medio que debe utilizar el fisco para informar las obligaciones a los contribuyentes son las resoluciones.
A continuación transcribo Art2 RG 3685:
Art 2: Están alcanzados los contribuyentes que emitan comprobantes que:
1) Utilicen el método de "factura electrónica" para la emisión de comprobantes, recordemos que la RG madre es la 2485;
2) Los responsables inscritos en el impuesto valor agregado inscriptos a partir del dia 01/01/2014, en adelante.
3)Sujetos que integren la nomina publicada por AFIP es su micro sitio
4)Aquellos responsables inscritos que , a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución se encuentren alcanzados la RG 1361